Ante la Sección Segunda, Subsección B del Consejo de Estado fue admitida una acción de tutela presentada por el ciudadano Demetrio Moreno Palacios en contra de las sentencias que han emitido las diferentes salas del Alto Tribunal que restablecieron en su cargo al gobernador de la Guajira, Nemesio Roys Garzón, proceso que se inició con una demanda administrativa por presunta doble militancia con los entonces candidatos a las alcaldías de Uribia y Riohacha.
El accionante solicitó al Consejo de Estado para que se decrete la medida provisional de suspender el fallo que dejó sin efectos la declaratoria de nulidad de la elección de Nemesio Raúl Roys como gobernador de La Guajira, medida cautelar que fue negada por la consejera ponente Sandra Lisset Ibarra Vélez, sin embargo “Revisado el escrito encuentra la consejera ponente que debe ser admitida la presente tutela, por reunir los requisitos legales”
Sobre la medida cautelar que fue negada, la magistrada ponente le dijo al accionante que “de conformidad con el escrito contentivo de la solicitud de medida cautelar, se observa que la misma está dirigida a que se suspenda la orden de amparo emanada de un juez de tutela, bajo argumentos idénticos a aquellos que deben ser desatados en el fondo del asunto. Además, se observa que no es posible establecer en este momento procesal la relación del actor con la decisión constitucional que cuestiona. Al respecto, analizados los hechos y las pretensiones referidos en el escrito petitorio, considera el Despacho que la medida provisional solicitada no tiene vocación de prosperar, toda vez que, de accederse a la solicitud de amparo, lo cual sólo será el resultado de un análisis fáctico, normativo y probatorio al emitirse la decisión de fondo respectiva, el Juez de tutela ordenará lo que en derecho corresponda, siempre respetando las garantías ius fundamentales de las partes”.
Con la admisión de la acción de tutela por parte de la Sección Segunda, Subsección B del Consejo de Estado, los abogados de Nemesio Roys Garzón preparan los argumentos para desvirtuar las pretensiones del ciudadano Demetrio Moreno Palacios, quien le argumentó a los magistrados que en los fallos de tutela que restablecen a Nemesio Roys en el cargo de gobernador le vulnera los derechos fundamentales de la igualdad, debido proceso, y acceso a la administración de justicia.
Cabe recordar que el pasado 2 de febrero de 2022 se conoció el fallo de Tutela de la Sección Tercera del Consejo de Estado que ratificó el fallo que dejó sin efectos la declaratoria de nulidad de la elección de Nemesio Raúl Roys como gobernador de la Guajira, en contra del fallo de nulidad de su elección establecida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que le imputó el hecho de haber incurrido en doble militancia, principalmente por que el gobernador como candidato de la coalición de Cambio Radical, el Partido Conservador, Colombia Renaciente y el Partido de la U, hubiera apoyado a dos candidatos de colectividades políticas ajenas a las que él representaba; uno que aspiraba a la Alcaldía de Uribia por la coalición del Centro Democrático, Partido Liberal y Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia, y por Riohacha el candidato que buscaba la credencial por movimiento Reivindicación Étnica.