Contraloría archivó indagación preliminar por supuesto cobro irregular de subsidios por parte de Asaa

En virtud del resarcimiento del daño por parte de la empresa Asaa, lo cual procede en los términos de la Ley 610 de 2000 y el Decreto 403 de 2020, la Contraloría decidió archivar el proceso en el que el Consorcio de Interventorías Integrales Ambientales –CIA– solicitó acompañamiento de ese órgano de control y de la Procuraduría para la revisión, liquidación y aplicación del cobro de subsidios de acueducto y alcantarillado sanitario de los usuarios de los estratos 1, 2 y 3, efectuados por dicha empresa.

Tal determinación se conoce después de analizar las pruebas entregadas por las partes  y cumpliendo con el objetivo de reparar integralmente el daño ocasionado al erario, excluyendo a Asaa y a su exrepresentante legal William García Medina, de cualquier proceso de Responsabilidad Fiscal, aunque este aún enfrenta una acción penal por estos hechos.

La decisión es el resultado de las jornadas y mesas de trabajo de verificación de la base de datos del operador, tomándose el 11 % suscriptores, equivalentes, aproximadamente, a 3.892 usuarios, de los cuales las muestras en campo arrojaron 899 predios con imprecisiones en su facturación, que representan $1.304.233.833, como valor de subsidio pagado por el Distrito a Asaa entre los años 2008 y 2019.

En las mesas de trabajo participaron el Distrito, la Interventoría del contrato de Operación del acueducto, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y Asaa.

Sobre estas acciones, la Contraloría Delegada consignó en auto que ordena el archivo del proceso de Indagación Preliminar, al no poder probarse la existencia de una presunta irregularidad en la liquidación y aplicación del cobro de subsidios de acueducto y alcantarillado de los usuarios de los estratos 1, 2, 3 efectuados por la Empresa Avanzadas Soluciones de Acueducto y Alcantarillado al Distrito de Riohacha.

El órgano de control señala finalmente que “no existen elementos de juicio que objetivamente comprometan la responsabilidad de las personas tanto naturales como jurídicas, vinculadas en este proceso”.

mgid.com, 541193, DIRECT, d4c29acad76ce94f improvedigital.com, 1944, RESELLER inmobi.com, c2391dc8a51e420480044992fe6dc4d7, RESELLER, 83e75a7ae333ca9d pubmatic.com, 159035, RESELLER, 5d62403b186f2ace appnexus.com, 4052, RESELLER contextweb.com, 561998, RESELLER, 89ff185a4c4e857c yahoo.com, 55771, RESELLER, e1a5b5b6e3255540 ogury.com, e91052177a44df900ef9977b4b8314fe, RESELLER rubiconproject.com, 9655, RESELLER, 0bfd66d529a55807 pubmatic.com, 161673, RESELLER, 5d62403b186f2ace sovrn.com, 349013, DIRECT, fafdf38b16bf6b2b lijit.com, 349013, DIRECT, fafdf38b16bf6b2b lijit.com, 349013-eb, DIRECT, fafdf38b16bf6b2b