La Sala Séptima del Tribunal Superior de Bogotá amparó los derechos de un grupo de ciudadanos que vía Tutela, exigían que los dos aspirantes a la Presidencia debatan sus programas de gobierno antes de la segunda vuelta.
La acción fue interpuesta teniendo en cuenta que el candidato Rodolfo Hernández una vez conocidos los resultados de la primera vuelta, se apartó de cualquier debate público contra su contrincante Gustavo Petro de cara a las elecciones definitivas de este 19 de junio, porque considera que en un espacio de dos minutos para responder no es suficiente y solo se presta para polarizar aún más.
Así las cosas, el alto tribunal ordena a los candidatos presidenciales “solicitar y programar de manera conjunta, a más tardar del jueves 16 de junio de 2022”, la realización de un debate presidencial de 60 minutos de duración a través del Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia, (Rtvc).
Los accionantes argumentan que se está vulnerando el “derecho fundamental de los ciudadanos a participar en la conformación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política”.
Considera el Tribunal que, al no compartir sus programas de gobierno en un debate abierto, los aspirantes están vulnerando la garantía del principio democrático según el cual, deben exponer sus ideas ante los electores.
El fallo sostiene que el ingeniero Rodolfo Hernández se opuso a la tutela asegurando que “la asistencia a los debates no es una obligación para los candidatos a la Presidencia de la República, sino una facultad potestativa”.
Contra este fallo procederán otros recursos, por lo que según opinión de expertos en Derecho, los tiempos no darían para darle cabal cumplimiento y no existirían herramientas coercitivas para obligarlos.
Sobre el fallo, el candidato Gustavo Petro respondió hace pocos minutos en su cuenta de Twitter que lo acatará:
“Estoy listo para debatir… La justicia ha ordenado realizar el debate presidencial entre candidatos. Es el derecho del pueblo. Estoy listo para ello”.
Hasta el momento no se conoce reacción de Rodolfo Hernández.
Este es el fallo del Tribunal Superior de Bogotá: