Con ponencia del magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera, admitió la acción de tutela interpuesta por Jean Pablo Salinas Acosta y Yissely Yaneth Lopesierra Orozco en contra de la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior para que designe en propiedad al reemplazo de Nemesio Roys Garzón.
La admisión vincula como terceros interesados a los partidos Conservador, Unidad Nacional, Cambio Radical y Colombia Renaciente, a los ternados Isaac José María Carrillo Parodi, María Estela Peñaloza Ovalle y Rafael Enrique Manjarrez Mendoza, así como al departamento de La Guajira.
El magistrado Jaime Enrique Rodríguez Navas le solicitó al Ministerio del Interior que informe al despacho las actuaciones que han sido surtidas para realizar la designación del gobernador encargado de La Guajira.
Además, que aporte los respectivos documentos que soporten dichas actuaciones, en medio digital, en el término de tres días contados a partir de la notificación de la providencia.
Igualmente, el magistrado suspendió los términos de la presente acción constitucional, “hasta tanto se dé cumplimiento a las órdenes impartidas en esta providencia y el expediente regrese al Despacho desde la Secretaría General”.
De acuerdo a las informaciones, Jean Pablo Salinas Acosta y Yissely Yaneth Lopesierra Orozco, en su nombre propio, presentaron solicitud de amparo de sus derechos fundamentales a la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político, y a elegir y ser elegido, que consideraron vulnerados por la Presidencia y el Ministerio del Interior, con ocasión del proceso de designación de gobernador para La Guajira.
“En el referido proceso, participan los partidos Conservador, Unidad Nacional, Cambio Radical y Colombia Renaciente que integran la colación “Un cambio por La Guajira”, a la que pertenecía el mandatario al que le declararon nula su elección. En la terna inicialmente presentada, fueron postulados los señores Isaac José María Carrillo Parodi, María Estela Peñaloza Ovalle y Rafael Enrique Manjarrez Mendoza”, se lee en la acción de tutela.