Tras una circular emitida por el viceministerio de Transporte a las autoridades de tránsito para que sancionen a quienes presten este servicio en carros particulares.
El ministro de Transporte, Guillermo Reyes, señaló que en Colombia es ilegal prestar el servicio de transporte público individual en carros particulares.
La circular emitida el 1 de marzo señala a las autoridades de Tránsito a nivel nacional imponer sanciones a los conductores que presten el servicio de transporte público individual en carros particulares.

“Reiteración de los lineamientos sobre control a la ilegalidad, informalidad y servicios no autorizados de transporte”, dice el asunto de la circular.
Además, señala que las personas sorprendidas trabajando en aplicaciones como Uber con carros particulares se les sancionará con una multa equivalente a 30 salarios mínimos legales vigentes, es decir, 1′600.000 pesos.
“Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un destino diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito”, indica el documento.
Además, en el documento del Viceministerio de Transporte se establece la inmovilización por primera vez del vehículo por un término de cinco día, por segunda vez serían veinte días y por tercera vez se impondrían 40 días.