Tribunal admite acción de tutela de concejales de Villanueva sancionados por desacato

La Sala de Decisión Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, admitió la acción de tutela con solicitud de medida cautelar, impetrada por Óscar Eduardo Villero Quintero, presidente del Concejo de Villanueva, contra el Juzgado Primero Promiscuo municipal de Villanueva y el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar.

La tutela fue interpuesta en atención a las providencias del 15 de marzo y 7 de abril de 2021, dentro del incidente de desacato por presunta violación al derecho fundamental al debido proceso, a la defensa, desconocimiento al precedente judicial, estabilidad jurídica, entre otros derechos fundamentales.

Argumenta el accionante, que el Concejo de Villanueva, cuyo período terminó en diciembre de 2019, profirió la Resolución No. 062 del 26 de noviembre de 2019, “por la cual se convoca y reglamenta el concurso público y abierto de méritos, para proveer el cargo de personero municipal”, para el período 2020-2024.

“Una vez instalado y posesionado, el 2 de enero de 2020 el nuevo Concejo para la vigencia constitucional 2020-2023, y con este la Mesa Directiva para el año 2020, encuentran suspendido, por orden judicial, el concurso de personero municipal Resolución 062 de 2019. Dicha suspensión terminó el 24 de abril de 2020, por orden igualmente judicial de sentencia de tutela de segunda instancia, que así lo ordenó”, precisa.

En ese sentido, asegura que una vez iniciado el segundo período de sesiones ordinarias del Concejo, previa proposición y aprobación de la plenaria, la Mesa Directiva  expidió la Resolución No. 007 de 2020, por medio de la cual se suspende el trámite del concurso de mérito público y abierto para proveer el cargo de personero municipal, facultándose a la Mesa para la realización de las acciones administrativas y/o judiciales, para la correcta, de serlo procedente, continuidad del concurso o en su defecto terminar el mismo.

“Entiéndase, que cuando la Mesa Directiva suspende el trámite del concurso, no dejó sin efectos la Resolución 062 de 2019, ni mucho menos la revocó, pues la facultada dada a la Mesa Directiva, era el estudio de la procedencia de la continuidad del concurso con las falencias que se avizoraban en la prenombrada resolución, o si, por el contrario, esta debería ser revocada o demandada ante la jurisdicción competente. Jamás la Resolución 062 de 2019 sufrió algún tipo de variación con la expedición de la Resolución 007 de 2020”, se lee en apartes del documento.

Por ello, en la admisión de la tutela el Tribunal ordena vincular al trámite a la señora Hilda Elena Peñaloza Olivella y a José Luis Socarrás Amaya, quienes pueden verse afectados con las decisiones que eventualmente se adopten en esta instancia, para lo cual se le ordena al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Villanueva, que brinde la información necesaria a fin de cumplir efectivamente con las notificaciones de estos terceros.

De igual manera el funcionario judicial accionado, así como también a los terceros vinculados, disponen de dos días hábiles, contados a partir de la notificación, ejerzan su derecho de defensa y contradicción y rindan informe sobre los hechos expuestos por el actor.  

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