Determina nuestra Constitución Nacional en su artículo 259 que “Quienes elijan gobernadores y alcaldes, imponen por mandato al elegido, el programa que presentó al inscribirse como candidato”.
Es decir, que el voto programático no es un juego de niños ni mucho menos un diálogo de compadres alrededor de una botella de licor y que al día siguiente nadie se acuerda de nada de lo que allí se habló. No señor. Tenemos claro que lo primero que hace un precandidato a Gobernación o Alcaldía, es reunirse con su equipo de trabajo y asesores para preparar y darle forma a lo que será su programa de gobierno. Y esto debe ser un asunto cierto y tan veraz para no incluir allí sueños ni quimeras sino objetivos reales y alcanzables.
Una vez confeccionado el programa de gobierno, el precandidato lo imprime y hace entrega de una copia a la Registraduría el mismo día que inscribe su nombre y allí queda plasmado el compromiso. El candidato se compromete a cumplir al pie de la letra todos y cada uno de los planes y proyectos incluidos en su programa de gobierno.
Y este programa de gobierno, una vez conquistado el triunfo en las urnas, el nuevo alcalde o alcaldesa y el nuevo gobernador o gobernadora convertirá ese documento en el Plan de Desarrollo que pondrá a consideración de los concejales, en el caso de los municipios o a consideración de los diputados en el caso de los departamentos. Ese documento deberá convertirse en un proyecto de acuerdo y posteriormente a su aprobación en un acuerdo municipal o se convertirá en un proyecto de ordenanza y posterior a su aprobación ya será una ordenanza departamental.
Como podemos ver, alcaldes y gobernadores tienen un documento de ley que los obliga a cumplir con lo prometido durante su campaña. Todo lo planteado allí no puede quedar como promesas al viento porque allí están los órganos de control o mejor aún, está el control social de las comunidades convertidas en veedoras para hacerle ver al mandatario de turno que no está haciendo lo que prometió, sino que está haciendo lo que sus intereses o los intereses de su partido en su gobierno le están dictando y así no puede ni debe ser. Ya se acabó el período histórico de la democracia representativa y estamos en plena democracia participativa.
La Constitución Nacional de 1991 nos está dando las herramientas legales no solamente para elegir nuestros gobernadores y alcaldes, sino que también nos da las herramientas para hacerles cumplir lo prometido en sus programas de gobierno o abrirle la puerta a la revocatoria de su mandato. La cena está servida.