En un fallo histórico, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra un adolescente de 14 años, que cometió un conjunto de maltratos físicos o psicológicos (bullying) contra un compañero de 13 años.
La Corte Suprema de Justicia determinó que el bullying o matoneo, que es un acoso juvenil dentro de los grupos escolares o deportivos, sí puede llegar a convertirse en un delito y que quien lo haga, puede ser procesado por la justicia adolescente, cuando se trate de menores de edad.
En concepto de la Sala Penal, cuando la conducta viola los derechos de las personas con actos de humillación, cuando se incurre en la ridiculización y se pisotea la dignidad para excluirla de un grupo social, como es el caso de este fallo, el acosador debe responder penalmente.
La Corte Suprema estudió el caso de un joven al que sus compañeros lo sometieron a la desnudez, a la burla y, además, lo fotografiaron.
El alto tribunal rechazó el argumento de los abogados de los jóvenes agresores, quienes señalaban que, si bien era una conducta grave, solo era de resorte y solución de los padres.
El fallo ordena que el joven de 14 años que incurrió en este acto de bullying debe cumplir la orden de internación ordenada por la justicia para adolescentes.