El Juzgado Octavo Administrativo de Barranquilla le ordenó a la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial del Distrito detener la operación de los llamados carro ‘caza-infractores’ de la capital del Atlántico. En diálogo con Sistema Cardenal 1010 AM Barranquilla, el abogado Fernando Borda explicó la normativa existente que impide la circulación de ese tipo de vehículos.
“Hay una normatividad desde el 20 de agosto de 2020 que el Distrito no viene cumpliendo, que prohíbe que vehículos que vienen en movimiento hagan este tipo de operativos y pongan multas a los ciudadanos. Eso en algunas ciudades ya lo han retirado, Barranquilla lo mantuvo. Se presentó una demanda de acción de cumplimiento y le ordenó al Distrito cumplir con la resolución”, dijo el abogado Borda.
Borda recordó que de acuerdo a la resolución del Ministerio de Transporte, ese tipo de vehículos con herramientas automatizadas para medir infracción son ilegales en Colombia. Lo que se permiten son las cámaras aéreas dentro de la vía pública.
“Estos carros que pasan por el centro de Barranquilla van en movimiento, captan la imagen e inmediatamente comunican a la persona por correo electrónico la sanción, pese a que no está permitido por la ley”, agregó el abogado.
Si esa decisión judicial se ratifica en segunda instancia, los ciudadanos pueden demandar una acción de grupo para exigir el reintegro del dinero pagado por las multas, pues al ser ilegales los carros ‘caza infractores’, los comparendos que generaron perderían su validez.
El abogado Fernando Borda recordó que una jurisprudencia de la Corte Constitucional establece que las autoridades de tránsito deben establecer la identidad de la persona que comete una infracción en las vías, proceso que un carro automatizado no puede hacer por su cuenta en muchos casos.
Podcast: Reproducir en una nueva ventana | Descargar