Soluciones a corto, mediano y largo plazo: conozca las 11 peticiones del pueblo wayuú al presidente Gustavo Petro

Exigiendo el cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Gobierno nacional, en defensa de los derechos fundamentales de los niños y niñas wayuú, autoridades tradicionales y organizaciones indígenas mantienen un bloqueo general en el departamento de La Guajira.

En total 11 puntos a lo largo de todo el Departamento, fueron tomados desde hoy por el pueblo wayuú exigiendo ser tenidos en cuenta con acciones para salir de la crisis que padecen en materia de agua potable, educación, salud y seguridad alimentaria, etc.

Señalan que en su territorio ancestral se han venido adelantando proyectos de impacto, como el Cerrejón, gasíferos, gasoducto nacional, represa del río Ranchería y parques eólicos, los cuales se constituyen escenarios de búsqueda de soluciones a las principales problemáticas de la región en materia de atención social y eliminación de la pobreza de las comunidades indígenas.

Sin embargo, hay escenarios por atender, como encontrar soluciones a la crisis urgente de atención alimentaria, seguridad alimentaria, salud intercultural acceso a agua potable, educación pertinente, vivienda digna, autodeterminación, o impulso de soluciones energéticas alternativas, por parte del Estado colombiano a través de sus gobiernos para enfrentar la pobreza en comunidades wayuu de los municipios de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao.

“Desde 1995 se viene asumiendo la defensa jurídica de los derechos económicos sociales y culturales del pueblo wayuú, lo que ha llevado a un acumulado de sentencias que se conjugan con las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de derechos Humanos – CIDH así: MC 51-15 de 2015, resoluciones 60/2015, 3 de 2017 y 51 de 2017 CIDH, sentencias T-007 de 1995, T-704 de 2006, T-155 de 2015, T-466 de 2016, T-302 de 2017, T-415 de 2018, T-359 de 2018, T-172 de 2019 y auto 004 de 2009”, señalan.

Precisan que el Estado Colombiano no ha sido determinante, en cuanto a acciones concretas que evidencien la garantía de los derechos de esta población, a tal punto que las omisiones y acciones, hasta el momento, “podrían categorizarse dentro de la conducta de genocidio, teniendo en cuenta que han perdido la vida, según una cifra oficial, más de 5.000 niños y niñas del pueblo indígena wayuú, por causas asociadas a la desnutrición”.

Agregan que esta situación se ha visibilizado en todas las formas, con el fin de que el Estado encuentre soluciones de fondo e intervenga de manera inmediata, con el acompañamiento de los organismos nacionales e internacionales que se requieran frente a la “tragedia humanitaria, que se presenta en nuestra población indígena”.

“Solo en el año 2022 el Ministerio de Salud reportó el pico más alto de muertes de niños y niñas indígenas wayuú, asociadas a la desnutrición, desde cuándo se ha visibilizado esta problemática, cifra que según gráficos, es de más 85 niños/as, sin determinar aquellos que seguramente no se encuentran contabilizados, en las estadísticas oficiales de las entidades públicas”, apuntan.

Sostienen que la situación en el Departamento requiere acciones determinantes y no solo burocráticas. “Durante muchos años sobre este territorio, los diferentes gobiernos que han administrado en los niveles nacionales y territoriales, no conocen la realidad de su extensión y sus particularidades. Por ejemplo luego de la declaración de un Estado de cosas Inconstitucional, por parte de la Honorable Corte Constitucional de Colombia, mediante SentenciaT-302/2017, no se han llegado a las cifras de la media nacional ordenada, en cuanto al acceso de agua potable y en atención a Salud, que permitan que cesen o desciendan las cifras de las muertes de nuestra niñez, a pesar de que los diferentes órganos del Gobierno muestran a la luz de la sociedad, la ejecución de algunos proyectos, como cumplimientos de los objetivos mínimos constitucionales, la realidad es que estos, han sido insuficientes debido a la falta de información y conocimiento que el mismo Estado Colombiano, tiene de este Territorio y especialmente de este grupo indígena”.

Por todo esto, piden al presidente Gustavo Petro un conjunto de soluciones urgentes que requieren las comunidades indígenas, con el fin de mejorar las condiciones sociales y de vida wayuú en un corto plazo; y permitir la búsqueda de soluciones de mediano y largo plazo a esta pervivencia étnica.

Peticiones

  1. Cumplimiento de órdenes judiciales y medidas cautelares en protección de los niños y niñas wayuu. En el siguiente orden: MC 51-15 de 2015, resoluciones 60/2015, 3 de 2017 y 51 de 2017 CIDH, sentencias T-007 de 1995, T-704 de 2006, T-155 de 2015, T-466 de 2016, T-302 de 2017, T-415 de 2018, T-359 de 2018, T-172 de 2019 y auto 004 de 2009.

2. Garantizar el diálogo genuino para el cumplimiento del acumulado de sentencias y medidas cautelares que declaró el estado de cosas inconstitucionales en los municipios de Uribia, Manaure, Maicao y Riohacha.

3. Designación de un equipo técnico permanente conformado por profesionales de diferentes áreas para el acompañamiento en la construcción de los programas, políticas públicas y planes de Acción de las sentencias.

4. Restablecimiento de la ruta metodológica diseñada y definida por las autoridades tradicionales wayuú de las diferentes territorialidades del pueblo wayuú asentada en los 40 corregimientos, como garantía del ejercicio del dialogo genuino y la voluntad de un gobierno que promulga un País como potencia de vida.

5. Otorgar por decreto presidencial el funcionamiento de los territorios wayuú y las garantías de la gobernanza wayuú para el ejercicio de los derechos económicos sociales y culturales del resguardo de la Alta y Media Guajira.

6. Cumplimiento de la Sentencia T-172 de 2019 en garantía de los procesos de consulta previa libre e informada durante las etapas de socialización – precostrucción- construcción y operatividad de los proyectos eólicos en territorios wayuú.

7. Garantizar los recursos necesarios por parte del Gobierno nacional para el cumplimiento del acumulado de sentencias y medidas cautelares.

8. Diseño, construcción y socialización para la Inclusión de un capítulo especial en el Plan Nacional de Desarrollo de los mecanismos para el cumplimiento del acumulado de sentencias y medidas cautelares.

9. Definir una política pública para el ejercicio de los derechos económicos sociales y culturales del pueblo wayuú en zonas de fronteras, que garantice su desarrollo sostenible con el aprovechamiento de las potencialidades geográficas, sociales y culturales endógenas.

10. Establecer mecanismos eficaces que garanticen la participación del pueblo wayuú en los sectores sociales de inversión a través de las iniciativas de política pública indígena que hagan los Ministerios cabeza de sector y losresupuestos nacionales en cada vigencia, con el fin de cumplir los acumulado de sentencias, así mismo establecer mecanismos de cumplimiento, seguimiento y evaluación.

11. Incluir la representatividad del pueblo wayuú en la Mesa Permanente de Concertación con los pueblos y organizaciones indígenas definido por el decreto 1397 de 1996.

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