Con la nueva reforma tributaria, los conductores de vehículos (carros y motocicletas) que se encuentren en mora podrán acogerse a un descuento de hasta el 50% y sin paga de intereses por multas de tránsito.
Así quedó definido en el artículo 49 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, o llamada también Ley de Inversión Social, sancionada por el presidente de Colombia, Iván Duque.
Los descuentos quedaron establecidos así:
- Descuentos para multas de tránsito expedidas antes del 30 de junio de 2021 para carros dentro de los 4 y 8 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, se pagará el 50 % del capital sin intereses de mora, y entre los 8 y los 12 meses siguientes se pagará el 80 % del capital sin intereses de mora. No aplica para multas por alcohol u otras sustancias psicoactivas.
- Descuentos para multas de tránsito expedidas antes del 30 de junio de 2021 para motocicletas dentro de los 6 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, se pagará el 20 % del capital sin intereses, y entre los 6 y 8 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley se pagará el 40 % del capital sin intereses. Después de los 8 y hasta los 12 meses, pagará el 60 % del capital sin intereses.
- La inclusión del beneficio a los deudores de comparendos de tránsito en Colombia no requiere de ningún procedimiento posterior ni reglamentación alguna.