Contraloría acata orden de ampliar términos de apelación en caso Hidroituango

La Contraloría General de la República acata la decisión del Juez 29 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá que aceptó la tutela presentada por la señora María Eugenia Ramos Villa y decretó medida provisional de suspensión del término para recurrir el fallo de primera instancia en su contra, proferido dentro del proceso adelantado por el caso Hidroituango.

El órgano de control deja claro que es respetuoso de las decisiones proferidas por la Rama Judicial, por lo que acata dicha disposición, sin embargo, de persistir el juez en dicha determinación, la misma será impugnada.

Para la Contraloría, el trasfondo de la tutela impetrada por la señora Ramos, radica en una inconformidad de su parte relacionada con el término de 5 días establecido por la Ley especial para la presentación de recursos de reposición y apelación, que parte de una percepción subjetiva, dado que tal y como lo ha establecido de manera precisa y reiterada la misma jurisprudencia, esto no genera vulneración alguna a derechos fundamentales.

“La medida provisional tomada por el Juez no se comparte por cuanto de un lado no realizó una evaluación siquiera somera de los requisitos para su procedencia y de otro, de facto concede un término adicional para presentar recursos de reposición y apelación en contra del fallo de primera instancia, lo que genera un trato favorable en beneficio de la accionante y en perjuicio de las otras personas que también han sido declaradas responsables fiscales en este proceso como en otros tramitados por esta misma entidad”, señala.

Tal situación, considera la CGR, constituye una violación flagrante a la ley especial que rige el proceso de responsabilidad fiscal, la cual establece el término para presentar recursos de reposición y apelación ante el fallo de primera instancia. 

Precisa, además, que la aplicación dada por este órgano de control a la norma ha sido pacífica, uniforme y reiterada, conforme a la dada por el juez natural.

La Contraloría General de la República, en el término establecido por el señor Juez, dio respuesta a la acción de tutela y adicionalmente solicitó vigilancia especial de esta acción tanto al Consejo Seccional de la Judicatura, como a la Procuraduría General de la Nación.