La Corte Suprema de Justicia ratificó que un “beso largo” por parte de adultos también se configura como delito de acto sexual abusivo cuando se realiza este acto con menores de 14 años. El concepto fue asumido tras estudiar el caso de un hombre que abusó de una niña de 13 años.
“Cuando se hace objeto a un menor de edad de tocamientos en sus partes íntimas, besos en la boca o actos similares (…) es claro que con ellos se persigue afectar la integridad sexual del perjudicado, quien, por sus mismas condiciones de inmadurez, dada la edad, no está en condiciones de comprender la naturaleza y trascendencia de los mismos”, dijo el alto tribunal tras dejar en firme la condena de 10 años de prisión a un sujeto de 27 años que besó a una menor de 13.
Durante este proceso penal, se demostró que al acusado lo encontraron encima de su víctima, con los pantalones abajo, al parecer para tratar de abusarla. Además estaba besando a la joven de manera sostenida, hecho que para la Corte también es un acto de abuso. “El enjuiciado, al momento de ser visto por la madre de la menor M.N.C.M., se encontraba dándole un «beso largo», tal conducta también constituye un acto sexual tratándose de una menor de 14 años”, dijo la corte.
Además la Corte Suprema validó el testimonio y mencionó que “si en verdad el acusado solo estaba besando a M.N.C.M, acto que según la defensa no sería delictivo, no habría razón para que huyera del lugar, sino que lo normal hubiese sido que diera las explicaciones del caso a la madre de la menor, pues nada ilícito estaba realizando”.
Así las cosas, el tribunal este tipo de conductas busca satisfacer el deseo sexual del victimario aprovechándose de la condición de inmadurez de su víctima.