A través del Decreto 580 del 31 de mayo de 2021, el Gobierno nacional dio a conocer los protocolos que regirán desde el 1 de junio hasta el 1 de septiembre, en el marco del proceso de reactivación económica.
Con esto, se ordena la apertura de todas las actividades económicas y sociales en el país. “El presente decreto tiene por objeto regular la fase de aislamiento selectivo, distanciamiento individual responsable y reactivación económica segura, que regirá en la República de Colombia, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Covid-19”.
Sin embargo, aclara que en ningún municipio con ocupación UCI superior al 85%, se podrán habilitar los espacios o actividades presenciales, tales como eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.
Asimismo, se ordena a los alcaldes y gobernadores que cuando un municipio presente una variación negativa del Covid-19, el Ministerio de Salud enviará al Ministerio del Interior un informe que contenga la descripción de la situación epidemiológica del municipio relacionada con el Covid-19 y las actividades que estarán permitidas.
“Las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Covid-19, deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad”.
Además, se ordena el cierre de frontera con Venezuela hasta el 1 de septiembre.
“Cerrar los pasos, terrestres y fluviales de frontera con la República Bolivariana de Venezuela, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 1 de junio de 2021, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2021. Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: Emergencia humanitaria, el transporte de carga y mercancía, caso fortuito o fuerza mayor y la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes”.