El Juzgado Quinto Penal Municipal con Función de Control de Garantías falló una acción de tutela a favor de una madre de familia que tiene dos hijos en la Institución Educativa Helión Pinedo Ríos de Riohacha, resolviendo que no se vulneren los derechos a los estudiantes de dicho plantel.
En la querella Daney Vanegas Herrera informaba la actual situación de la institución, donde se habían incrementado las horas de clases para los estudiantes y donde pretendían propiciar una jornada única.
Según la demandante, dichas acciones ordenadas por la Temporal de la Educación de Riohacha y de la rectoría de la institución, estaban “afectando a los estudiantes”. Por ello, el Juzgado resolvió “tutelar los derechos fundamentales de Mariana y Alejandro Sierra Vanegas, representados legalmente por su madre Daney Vanegas Herrera, en la acción de tutela instaurada contra la Institución Educativa Helión Pinedo Ríos y la Secretaría Distrital de Educación de Riohacha”.
Asimismo, “ordenar al rector que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a suspender la jornada única implementada en el establecimiento educativo”.
De igual manera, el fallo ordena “a la gerente de la Administración Temporal para el sector educativo en Riohacha, que en el término improrrogable de 20 días hábiles subsiguientes a la notificación, allegue a esta instancia informe sobre el cumplimiento de las órdenes dadas”.
Resolvió el fallo que “prevenir a la entidad accionada para que adopte las medidas necesarias a efectos de evitar incurrir en situaciones similares a las del presente asunto. Remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnada esta decisión”.
Entre los argumentos que se basó la madre de familia para la acción de tutela y donde revelaba la vulneración de derechos estaban para poder realizar una jornada única: que la institución educativa no tiene una infraestructura disponible y en buen estado.
De igual manera, un plan de alimentación escolar en modalidad de almuerzo en el marco de la ejecución del programa (PAE) adoptados por las entidades territoriales certificadas, para los estudiantes que se encuentren desarrollando la jornada única, a fin de disminuir el ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables de los alumnos.
Además, que la institución no contaba con el recurso humano docente necesario para la ampliación de la jornada. Y el funcionamiento regular y suficiente de los servicios públicos.
Este último ítem basado en que el plantel no cuenta con el servicio de agua para poder solventar las necesidades del estudiantado.