“Es imprescindible incorporar enfoques jurídicos en estos momentos de emergencia si no queremos errar con soluciones que agredan de manera irreversible el fundamento de nuestro principal patrimonio: la garantía de derechos”.
En estos tiempos de turbulencia planetaria, es recomendable acudir a los mecanismos que el derecho positivo nos ha entregado, y que por circunstancias fácticas no hemos podido desarrollar por la misma precariedad de las normas jurídicas.
Es imprescindible incorporar enfoques jurídicos en estos momentos de emergencia si no queremos errar con soluciones que agredan de manera irreversible el fundamento de nuestro principal patrimonio y conquista por los constituyentes de 1991, los derechos como garantía de libertad.
En medio de la incertidumbre nacional que genera la propagación del coronavirus, y tras las decisiones del Gobierno nacional prima facie del aislamiento social y luego, drásticamente la cuarentena nacional, la institucionalidad y los ciudadanos tenemos muchos retos que seguramente nos dejarán varias reflexiones y experiencias que debemos poner en práctica hacía el futuro.
Aquí se impone que la ecuación simplista y fría de muchos que hay que cuidar la economía, se revalúa en la medida que se concluye que no habrá sistema económico y financiero bajo la égida de la muerte o la propagación de un virus letal, que ya ha segado la vida a más de 64 mil personas en el mundo y aún, con casos confirmados por unos 1.174.000 aproximadamente.
En los últimos años se han producido importantes cambios en el ámbito laboral, entre los que se destacan la creciente incorporación de la mujer en el sector productivo, el cual en principio desarrolló uno de los mecanismos de relación empleador – trabajador llamado teletrabajo. Luego, ya se incorporó dicha herramienta como una acción válida y legal con el fin de ser utilizado por toda la mano de obra calificada o no, sin distinción de sexo.
Aunque en nuestro país se viene hablando de teletrabajo desde 1973, la práctica histórica es muy escasa. A pesar de ello, Colombia ha venido realizando avances normativos importantes con la promulgación de la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 de 2012. Ahora, en plena emergencia los ministerios de trabajo y de las TIC deben mostrar los notables esfuerzos invertidos que den respuesta a los retos planteados por el estado de emergencia económica, social y ecológica producto de la propagación del denominado coronavirus.
Para que sea un éxito, siguiendo la tesis mockusiana, todos deben poner. Y ello demanda de las empresas que concesionan la banda ancha, poner al servicio del ciudadano toda la capacidad técnica y tecnológica para que las directrices legales puedan ser un aporte a la consolidación del aislamiento obligatorio y las empresas públicas y privadas confíen en la generación de la fuerza laboral desde sus hogares y así mismo, tener información fiable, de fuentes confiables y no seguir en el caos apocalíptico que muchos venden, producto de las especulaciones y noticias de pasillo.
Por último, se hace necesario que las autoridades públicas territoriales vigilen los objetivos de los planes de acción que deben tener establecidos desde tiempo atrás, ya que la población vulnerable que se encuentra sobre diagnosticada en La Guajira, sea quien reciba la ayuda estatal aunado a la cantidad de esfuerzos particulares que a diario se ven en redes sociales.
Es la mejor oportunidad que tiene el Gobierno nacional para empezar a dar cumplimiento a los mandatos judiciales contenidos en la Sentencia T-302 de 2017.