El actual concejal de Riohacha y excandidato a la Asamblea de La Guajira, Olimpo Núñez, busca lograr esa credencial demandando el formulario de elección E-26 que acredita la curul en esa corporación a Delay Magdaniel Hernández, al lograr la segunda votación como candidato a la Gobernación de La Guajira, en las elecciones del pasado 27 de octubre.
Para ello, otorgó poder al abogado Janer Pérez, quien interpuso la respectiva demanda ante el Consejo Nacional Electoral –CNE–, al tiempo que solicitó también la nulidad electoral del formulario de elecciones E-14, que declara como concejal de Maicao a Jean Carlos Supelano Ramírez.
De acuerdo al jurista, Delay Magdaniel Hernández aspiró a ser elegido gobernador de La Guajira pese a encontrarse inmerso en causal de inhabilidad por no haber renunciado a puesto público prohibido.
“Se inscribió y participó por el movimiento coalición Adelante Mi Guajira, aspirante a la Gobernación del departamento en el periodo 2020 a 2023, incurriendo en causal de inhabilidad violentando el artículo 275 #5 de la ley 1437 de 2011”, se indica en la demanda.
Además, se referencia en los hechos que Delay Magdaniel Hernández participó como empleado del Gobierno departamental desde el 18 de noviembre de 2016 hasta el 24 de octubre de 2018, lapso en que fue designado gobernador durante los días 30 de noviembre y 1, 2, 8, 9, 13, 14,15, 21 y 22 de diciembre de 2016, además del 2 al 8 de enero de 2018.
Y señala que el día 22 de diciembre de 2017, fue nombrado director de Planeación departamental hasta el 24 de octubre de 2018, fecha en la que le fue aceptada la renuncia del cargo.
“El candidato Delay Manuel Magdaniel Hernández, estaba inmerso en la causal de inhabilidad artículos 30 # 3 y 33 #3 de la ley 617 de 2000 y por tanto estaba inhabilitado para ser elegido gobernador y aceptar la curul de diputado de La Guajira, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 275 de la ley 1437 de 2011”, se lee.
El caso del Concejal
En tanto, el profesional en leyes también solicitó la nulidad electoral del formulario de elecciones E-14 que declara como concejal de Maicao a Jean Carlos Supelano Ramírez, en representación del partido Alianza Democrática Afrocolombiana, al no haber renunciado dentro del término de ley al movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia –Aico– al que pertenecía y había logrado aval como aspirante a esa misma corporación, incurriendo así en doble militancia violentando el artículo 275 numeral 8 de la ley 1437 de 2011.
En este proceso el abogado Pérez Brito actúa en representación del también aspirante al Concejo de Maicao, Edgar Alexander Mindiola Vanegas, segundo renglón en votación del partido Alianza Democrática Afrocolombiana, cuya curul fue otorgada a Supelano Ramírez.