El Juzgado Segundo Administrativo Mixto del Circuito de Riohacha negó la solicitud de suspensión de la elección de José Luis Socarrás Amaya como personero municipal de Villanueva, presentada por los procuradores Edwin José López Fuentes y Víctor Sierra Deluque.
De acuerdo a los demandantes, el Concejo Municipal de Villanueva incurrió en la violación de varias normas a la hora el expedir el acta 082 de 2020 que nombra a Socarrás como personero para el periodo 2020 -2024; como no tener en cuenta un fallo de tutela que le ordenaba tomar en consideración un concurso convocado por el cabildo en 2019 para la elección del personero, la asignación de una fecha para la elección del funcionario sin una citación previa, y la supuesta ausencia de una votación en el Concejo para elegir al funcionario.
Sin embargo, la juez Kelly Nieves Chamorro aclaró que el incumplimiento de una tutela no es causal de nulidad del acta demandada, no hay evidencias suficientes para probar que el Concejo violó el cronograma establecido para el proceso de elección del personero, y que la normatividad no exige que los concejales realicen una votación para elegir a este funcionario, dado que los personeros se designan de acuerdo a los resultados de los concursos de méritos.
Dicho lo anterior, la juez consideró que no se configuran las causales para suspender el acto de elección de José Luis Socarrás Amaya como personero municipal de Villanueva, por lo que este podrá seguir ostentando su actual cargo.
A continuación el fallo completo: