El personero municipal (e) de Villanueva, Rubén Darío Orozco Ovalle, presentó ante la Procuraduría una queja disciplinaria contra el alcalde de esa localidad, Carlos Alberto Barros Mattos, por permitir que el Concejo realice sus sesiones de manera presencial pese a la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19.
De acuerdo a la queja presentada por el personero Orozco, las disposiciones emitidas por el alcalde Barros Mattos en el numeral 44 del decreto 052 del 11 de mayo de 2020, irían en contra de las instrucciones del Gobierno Nacional para mitigar los efectos de la pandemia en al menos dos decretos presidenciales.
En primer lugar, la queja disciplinaria advierte que el hecho de permitir sesiones presenciales del Concejo en el Palacio Municipal de Villanueva viola el artículo 12 del decreto presidencial 491 de 2020, que le permite a los organos colegiados de todas las ramas del poder público mantener sus deliberaciones mediante tecnologías de la información y la comunicación.
Para Orozco, mantener al Concejo sesionando en persona “constituye un agravio al derecho a la salud y un peligroso riesgo de contagio del coronavirus Covid-19”.
Igualmente la Personería también acusa al alcalde de suprimir en su decreto “ las actividades excepcionadas en los numerales 16 y 17 del decreto 636 de 2020; para “legislar” sin facultad alguna, imponiendo nuevas excepciones diferentes a las que trae el decreto presidencial e ilegalmente incluir las sesiones del concejo como forma excepcional de proteger en forma absurda el derecho a la vida, a la salud con conexidad con la vida, como fundamento de esta medida arbitraria”.
Por todo lo anterior, el personero de Villanueva pide a la Procuraduría Regional de La Guajira la apertura de una investigación disciplinaria contra el alcalde Carlos Alberto Barros Mattos, y sugiere suspender al mandatario local de sus funciones durante el desarrollo del proceso en su contra.
A continuación la queja de la Personería: