La Sala de definición de situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz –JEP–, rechazó el sometimiento del exgobernador de La Guajira, Juan Francisco ‘Kiko’ Gómez Cerchar, a ese tribunal.
La decisión se tomó por lo que consideraron falta de competencia, en los radicados de los homicidios de Luis Gregorio López Peralta, Rosa Mercedes Cabrera Alfaro y Luis Alejandro Rodríguez Frías.
Igualmente, por el concierto para delinquir agravado por su relación con la banda criminal de ‘Marquitos’ Figueroa (desde 1995 hasta el 5 de marzo de 2014) y por el concierto para delinquir agravado por su relación con las AUC (en las fechas en que no fungió como alcalde de Barrancas).
De igual forma, por los homicidios de Henry Ustáriz Guerra, Wilfrido Fonseca Peñaranda, y la tentativa de homicidio del policía-escolta Luis Vega y el homicidio de Yandra Brito Carrillo y la tentativa de homicidio de Dager Luis Teherán Ramírez, atendiendo las razones esgrimidas en la parte motiva de la decisión.
El tribunal decide no conceder los beneficios contemplados en la Ley 1820 de 2016 en favor de ‘Kiko’ Gómez y solicita respecto de la conducta de concierto para delinquir agravado por su relación con las AUC durante los períodos en que fungió como alcalde de Barrancas, presentar un documento contentivo del régimen de condicionalidad, para lo cual le conceden 20 días a partir de la notificación.