La Sala Jurisdiccional Disciplinaria de La Guajira, declaró como improcedente la acción de tutela interpuesta por Juan José Robles Julio, alcalde de Manaure, contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira y la Gobernación.
Robles Julio invocó protección de los derechos fundamentales, el derecho a elegir y ser elegido, además solicitó como medida cautelar la suspensión de los efectos del fallo proferido por el Tribunal Superior de Riohacha, que ordenó al gobernador nombrar alcalde temporal para Manaure, además de la separación del cargo provisional del titular.
De acuerdo a la magistrada ponente Sandra Sofía Chacón Jiménez, una vez analizados todos los documentos allegados a la tutela, consideró que la misma debe ser anulada en su totalidad y en consecuencia se debe remitir a la Corte Suprema de Justicia y/o al Consejo de Estado.
“Lo que indica claramente que para el día de hoy existen otros medios de defensa judicial que se encuentran pendientes por resolverse, que corresponden al proceso de nulidad electoral y a las medidas cautelares que fueron objeto de apelación por el mismo tutelante. Esta Sala no encuentra justificación alguna en el acontecer fáctico expuesto por el accionante, en sus alegaciones o pretensiones; así como en las pruebas hasta ahora allegadas al trámite tutelar, que indique o pruebe de forma certera que deba utilizarse como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable en contra de Juan José Robles Julio”, dice la magistrada en el escrito.