La magistrada del Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, María del Pilar Veloza Parra, admitió el pasado 13 de enero demanda de nulidad al acto de elección del alcalde de Fonseca, Hamilton García Peñaranda.
De acuerdo a lo dispuesto por el Código de Procedimiento Administrativo, la corporación judicial en La Guajira es competente para conocer en única instancia la solicitud presentada por Fredis Elías Peralta Daza, por lo que procederá a su análisis.
Según el demandante, quien actúa en nombre propio, presentó medio de control electoral a través del cual solicita cancelación de la credencial que acredita a Hamilton García Peñaranda como alcalde para el periodo 2020-2023, por considerar que se encuentra incurso en la causal de inhabilidad establecido en el artículo 275 numeral 5 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Sustenta su solicitud en que el alcalde electo tiene vínculo de parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, con Flor García Peñaranda, quien dentro de los 12 meses anteriores a la elección, ha ejercido como gerente o representante legal del Hospital Nuestra Señora de los Remedios de Riohacha.
Si bien el despacho de la magistrada Veloza Parra, admitió la demanda, a la vez niega la medida cautelar de suspender provisionalmente los efectos del acto administrativo, toda vez que se hace necesario verificar los requisitos de orden legal, que se establecen para decretarlo o no.
En consecuencia, el Tribunal notificará personalmente a las partes, así como al registrador Nacional del Estado Civil, al representante del Consejo Nacional Electoral, y al movimiento político ‘Podemos’, al cual representa el alcalde de Fonseca.