El Tribunal Administrativo de La Guajira declaró la nulidad del acto de elección de Juan José Robles Julio, como alcalde del municipio de Manaure, La Guajira, para el período constitucional 2020-2023, contenido en el formulario E-26 ALC de fecha 7 de noviembre de 2019 expedido por la comisión escrutadora municipal de dicha localidad.
Explicó que “como consecuencia de la anterior declaración, en firme este proveído y acorde con lo razonado en su parte motiva, cancélese la credencial que la comisión escrutadora municipal de Manaure le otorgó al señor Juan José Robles Julio como mandatario local, conforme lo establecido en el artículo 288 del CPACA”.
De igual manera, el fallo pidió que se notifique con sujeción al artículo 289 CPACA. Además, una vez en firme se comunique la presente decisión al Consejo Nacional Electoral, a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al gobernador del departamento de La Guajira, Nemesio Roys Garzón, para lo de su cargo.
“Por secretaría del tribunal, repórtese sin demoras si contra la presente sentencia se formula recurso de apelación y en todo caso, pásese al despacho el expediente en la oportunidad legal con el correspondiente informe. De igual manera, una vez ejecutoriada esta sentencia, emítase los oficios correspondientes, y en la oportunidad legal, archívese el expediente, previa verificación de que todas las actuaciones surtidas, incluida la de archivo, estén registradas en el sistema justicia siglo XXI TYBA”, señala.
Dicho fallo lleva la firma de las magistradas Hirina Del Rosario Meza Rhenals, Carmen Cecilia Plata Jiménez y María Del Pilar Veloza Parra.
Hay que resaltar que los apoderados de Juan José Robles Julio estarán interponiendo un recurso de apelación ante la decisión del Tribunal Administrativo de La Guajira.