Por la presunta vulneración de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Riohacha, aprobó el pacto de cumplimiento celebrado el 7 de marzo de 2019, celebrado en el proceso adelantado por Corpoguajira contra el departamento de La Guajira, el Distrito de Riohacha, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la Policía Nacional e Interaseo.
La decisión del juez obedece a una acción popular, interpuesta por la corporación contra las entidades citadas por la presunta vulneración de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano; a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible; al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público la seguridad y salubridad pública.
Señaló en la acción popular la entidad accionante, que la zona sobre el humedal Laguna Salada que comprende el delta del río Ranchería (cuerpo de agua natural que actúa como sistema regulador de la escorrentía superficial, teniendo por objeto preservar y restaurar los valores naturales del humedal y de su área de inmediata influencia) viene siendo ocupada o intervenida por un gran número de población en su mayoría extranjeros de origen venezolano, del cual se desconoce su estado migratorio, dentro de los cuales se encuentran un gran número de menores de edad.
En el fallo, se ordena al departamento de La Guajira realizar las obras de adecuación física y reforzamiento de los cerramientos de la laguna salada en los sitios que han sido violentados, así como la adecuación para la entrega al Distrito de la infraestructura del parque lineal.
Igualmente, la inclusión de estos sectores dentro del plan de seguridad para la recuperación de la avenida Primera que viene adelantando en conjunto con el Comando de Policía Guajira, acciones que deberán ser ejecutadas dentro de los 8 y 10 meses posteriores a la ejecutoria de la presente providencia, tal como quedó consignado en la acta de mesas de trabajo, llevada a cabo el 26 de febrero de 2019.
En el fallo se indica que el Distrito deberá iniciar los trámites de desalojo de los habitantes que ocupan el bien de uso público de forma irregular en las zonas descritas en la presente acción popular, además de ejecutar un proyecto de reforzamiento de las obras físicas de protección; realización de campañas de limpieza y sensibilización con los vecinos del sector.
Además, la inclusión de estos sectores dentro del plan de seguridad para la recuperación de la avenida Primera que viene adelantando en conjunto con el Comando de Policía Guajira, acciones que deberán ser ejecutadas dentro de los 4 y 8 meses, posteriores a la ejecutoria de la presente providencia.
Las acciones deberán ser ejecutadas dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de la providencia.